viernes, 31 de octubre de 2008

Un juez oscense admite la objeción a Educación para la Ciudadanía - Aragón - www.elperiodicodearagon.com

El magistrado ya suspendió de forma cautelar la obligación de asistir a clase.El Gobierno aragonés recurrirá el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia.

30/10/2008 EL PERIÓDICO


* Según los objetores, el fallo reconoce el adoctrinamiento ideológico de EpC


El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huesca ha dictado la primera sentencia de Aragón favorable a los padres que han objetado al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía. El Gobierno aragonés ha anunciado que recurrirá el fallo.

La sentencia resuelve el recurso presentado por unos padres frente a la resolución de la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Aragón que les negaba el derecho a objetar a Educación para la Ciudadanía. Aunque los seis hijos del matrimonio no cursan todavía dicha asignatura, la sentencia afirma que esta circunstancia "no es motivo para desestimar el recurso ya que los hijos de los recurrentes se verán obligados a cursarlas y precisamente es esa obligación la que genera una lesión de las convicciones morales de los progenitores".

La sentencia, de 18 páginas, desgrana los contenidos curriculares del conjunto de Educación para la Ciudadanía, reflejada en los reales decretos estatales y en la legislación autonómica aragonesa. El magistrado concluye que "estamos en presencia de contenidos y objetivos que se refieren a la formación moral y son ajenos a la decisión de los padres respecto a las convicciones morales y religiosas en las que desean formar a sus hijos". Los contenidos de las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía "son contrarios al derecho fundamental que les asiste (a los padres) conforme a los artículos 27.3 y 16.1 y 2 de la Constitución Española".

OBJECIÓN DE CONCIENCIA Asímismo, el fallo se apoya en jurisprudencia española en materia de objeción de conciencia con sentencias del Tribunal Constitucional, así como en otras resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que reconocen expresamente el derecho de los padres a objetar a asignaturas obligatorias que dañen sus convicciones religiosas y filosóficas.

La Consejería de Educación del Gobierno aragonés anunció ayer que la sentencia será recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y recordó que Educación para la Ciudadanía "es una asignatura regulada por ley".

El mismo juez oscense ya había dictado el pasado mes de junio un auto en el que suspendía cautelarmente la obligación de tres niños de asistir a las clases de dicha asignatura, pese a que ninguno de los tres había alcanzado Tercero de ESO, el curso en que se imparte la materia, por lo que tempoco tenían ninguna obligación de asistencia.

En línea con la sentencia de ahora, el magistrado ya consideraba en su auto que "la asistencia a clase de los hijos de los recurrentes provocaría una educación o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores".

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