domingo, 12 de octubre de 2008

Una familia objetora denuncia al IES Guadalpín de Marbella por impedir su derecho a objetar a EpC | HazteOir.org

Una familia objetora denuncia al IES Guadalpín de Marbella por impedir su derecho a objetar a EpC | HazteOir.org: "Una familia objetora denuncia al IES Guadalpín de Marbella por impedir su derecho a objetar a EpC

IES Guadalpín (Marbella)

La familia, que se lamenta de que que la alumna es obligada a asistir a clase y es objeto de burlas por parte del profesorado, interpone un contencioso ante el TSJA y pide medidas cautelares.

REDACCIÓN HO.- En un artículo firmado por Ignacio A. Castillo, el diario La Opinión de Málaga da a conocer detalles de uno de los múltiples casos en que las direcciones de los centros docentes en los que estudian sus hijos tratan de impedir que los padres objetores ejerzan su derecho, que, según la jurisprudencia del Tribunal Constotucional, 'es una concreción de la libertad ideológica, que nuestra Constitución reconoce en el art. 16', por lo cual 'puede afirmarse que la objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en el ordenamiento constitucional español' (Sentencia 15/1982 del TC, de 23 de abril, FJ 6º).

Según relata Ignacio A. Castillo, la familia de una de las niñas objetoras de Educación para la Ciudadanía del IES Guadalpín, de Marbella, ha decidido presentar una denuncia contra el centro porque entiende que obligan a su hija a recibir esas enseñanzas, sin tener en cuenta la voluntad de la madre de que no entre a clase. El pasado 3 de julio la progenitora había notificado formalmente a la Consejería de Educación su decisión de ejercer el derecho a objetar en conciencia, para que su hija quede exenta de asistencia y de evaluación en las asignaturas conocidas comúnmente como Educación para la Ciudadanía.

El abogado de la familia, Francisco Pérez, señaló que el instituto no ha reconocido el derecho de objeción de la familia de la alumna (lo que supone contravenir lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia andaluz en 15 sentencias), "y no sólo la obligan a entrar a la clase, sino que además se burlan de ella haciéndole preguntas capciosas delante del resto de compañeros".

Así mismo, Pérez explicó que se ha producido un silencio administrativo, ya que la familia aún no ha recibido respuesta, ni por parte del centro, ni por parte de la Consejería, al escrito del 3 de julio. "Después de analizar la situación, entendemos que esta falta de notificación implica una aceptación de la solicitud", añadió.

Por este motivo, la familia ha presentado esta denuncia contra el centro en el Juzgado de Instrucción de Marbella, a la vez que ha interpuesto un contencioso en la vía administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Pérez señaló también que ha solicitado al instructor la concesión de medidas cautelares para que la niña no entre a esta clase mientras se resuelve el procedimiento.

El abogado espera que esta medida se dicte de forma inmediata, lo que podría suceder dentro de un mes, por lo que ha pedido paciencia a la familia. "La alumna deberá seguir yendo a la clase, por muy sorprendente que resulte lo que está haciendo el director del centro", dijo.

Pérez está convencido de que se dictarán estas medidas cautelares, ya que, a su juicio, el instituto está vulnerando un derecho fundamental de la familia y de la escolar y confía, igualmente, en que el Alto Tribunal andaluz dicte una sentencia favorable a los intereses de la familia.

Por su parte, desde la Delegación Provincial de Educación se insistía ayer en mostrar el apoyo absoluto, tanto al centro como al director del Guadalpín, al que ofrecerá apoyo jurídico, ya que "está cumpliendo con su obligación de escolarizar a esta alumna", matriculada en tercer curso de la ESO, y añadieron que no se puede objetar de EpC, como no puede hacerse de Matemáticas o Lengua, otras asignaturas obligatorias del currículum, pese a las reiteradas sentencias en sentido opuesto emitidas por el TSJA.

¿Por qué en algunos centros se respeta la objeción de los padres y se atiende a estos alumnos en la biblioteca y en otros, como en el IES Guadalpín, se ponen toda clase de trabas para su ejercicio? La Junta dice que cada centro actúa de distinto modo, amparados en su autonomía y recuerda que el director es la autoridad docente, "y en este caso está cumpliendo la ley".

La familia y su abogado piensan que quien está cumpliendo realmente la ley (la Ley de Leyes), es la familia, que se acoge al ejercicio de un derecho reconocido por el Tribunal Constitucional como concreción del derecho fundamental de libertad ideológica y religiosa, contemplado en el artículo 16.1 de nuestra Carta Magna. Un derecho que, en plabras del propio Constitucional, "existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación", porque "como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales" (Sentencia 53/1985 del TC, de 11 de abril, FJ 14º).

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